T09 ADMINISTRACIÓN LOCAL
ENTIDADES NECESARIAS; Municipios, la provincia y las islas. ENTIDADES POTESTATIVAS; Submunicipales -pedanías, caseríos-, Comarcas, Áreas Metropolitanas y Mancomunidades. MUNICIPIO:Ente público d carácter local,, objeto; defender intereses locales. Entidad básica de la Org. Territorial del Estado.
Tiene personalidad jurídica, se rige por la LBRL, tienen su propia denominación k pueden alterar -aprobación CCAA, inscrip, registro esp. Y publicarBOE-
ELEMENTOS; Término municipal. Territorio donde ejerce su competencia el ayuntamiento. Los órganos competentes en un municipio no lo son en otro.
Pueden ser alterados: Por incorporación.Por fusión. Por segregación de varios para crear uno independiente. O por segregación de uno integrandose en otro. Población; conjunto de personas inscritas en el padrón, vecinos del mismo, + de 1 año residiendo deben de inscribirse. El padrón municipal es el registro admi. K constan los vecinos y cuya formación, actualización, custodia le pertenece al ayuntamiento. GOBIERNO MUNICIPAL; Alcalde, Teniente alcalde, Pleno, Comisión de gobierno para + d 5000 habitantes. Pueden adicionar otros complementarios. ADM. PROVINCIAL; Esta encomendado a las Diputaciones. Presidente, Vicepresidente, La Comisión de Gobierno y el Pleno.
Organización: El Pleno integrado Presidente y diputados. Le corresponde los pronunciamientos más importantes:organización, ordenanzas, presupuestos, plantilla personal, adquisición y disposición de bienes, control y fiscalización general, moción de censura al Presi. T10 LA ADMINISTRACIÓN INSTITUCIONAL.
Entes públicos secundarios no territoriales, personalidad jurídica, se rigen por estatudo de D. Público, sometidos a tutela y no gerarquía. A través de ellos se descentralizan funciones y servicios. Las principales son CORPORACIONES Y ENTES FUNDACIONALES. CORPORACIONES DE DERECHO PÚBLICO
Los colegios de profesionales, Las Cámaras de Industria, Comercio y Navagación, y las Cámaras Agrarias. Carácter imperativo, pues obligan a pertenecer a ellas a las personas previstas como miembos. En los Colegios de profesionales de las CCAA la adscripción puede ser voluntaria. Sus actos estan sometidos a la jurisdicción del Contencioso-adm. La LRJ-PAC dispone que las Corporaciones repre. De intereses económicos y profesionales se ajustará su actuación a su propia legislación específica. LOS ENTES FUNDACIONALES DE DERECHO PÚBLICO
La FUNDACIÓN es la personificación del patrimonio para fines concretos en este caso de carácter públicoLa voluntad de la fundación es configurada por el fundador. Tienen beneficiarios k quedan fuera de la fundación. Fundaciones de sector Público; AENA, EFE, Parques Naturales. Pueden ser privadas de iniciativa pública. Yblicas Sanitarias. Fundaciones Públicas SanitariasLa configuración de su patronato -exigencias presupuestarias y contables- estarán dispuestas como cualquier Adm. LA ADMIN. INSTITUCIONAL DEL ESTADO
La denominación Organismos Públicos agrupará a todas las Entidades de Derecho Público dependientes de AGE excepto sociedades mercantiles estatales. TIPOS DE ENTES 3.-1 Organismos autónomos, 2 Entidades públicas empresariales y 3 las Agencias Estatales.
Tienen personalidad juridica pública diferenciada, patrimonio y tesorería propios, autonomía de gestión en los términos previstos en la leyDisponen de potestades administrativas para el logro de sus fines , salvo la expropiatoriaSe crean mediante ley , que establece su regulación. Estatutos propios aprobados por Consejo de Ministro. Su modificación o refunción a través de ley. Plan inicial de actuación segúnobjetivos prescrito en ley y k deberá aprobar el Departamento de adscripción. Adscripción directa al Ministerio correspondiente. Extinción y liquidación por determinación legal. Sometidos a control de eficacia para comprobar cumplimiento objetivos y utilización de recursos asignados. ORGANISMOS AUTÓNOMOS; Ejecuta programas específicos de un Ministerio. Sus dotaciones económicas procederán de los Presu. Gene. Del Estado.
Dispondrán de patrimonio propio, quedan sujetos a la LOFAGE ley de Organización y Funcionamiento de la Adm. Gene. Del Estado. La EURLE es un Organismo Autonomo Local. ENTIDADES PÚBLICAS EMPRESARIALES; Actividades prestacionales, gestión de servicios o la producción de bienes de interés público
Se rige por el D. Privado. La contratación de estas entidades quedan al margen de las normas de contratación públicas. Salvo excepciones no podrán financiarse con los Presupuestos Gene. Del Estado ni de las Administraciones. Ejem. Puertos Autónomos. Los entes con Estatuto Jurídico especial Agencia Industrial del Estado. LAS AGENCIAS ESTATALES; Dotados de los mecanismos de autonomia funcional, responsabilidad por gestión y control de resultados.
Mayor autonomía pero mayor control. Adscritas al Ministerio que ejerza la iniciativa en su creacción. Gestionan conforme ley de patrimonio de las Adm. Públicas. Recursos procedentes de los Presupuestos Gene. Estado. La LOFAGE mantiene la vigencia en las Sociedades Mercentiles Estatales, que rigen por el ordenamiento jurídico privado. Se rigen por el D. Mercantil, civil o laboral, excepto en materia contable y contratación que se regirá por D. Administrativo. LOS ENTES INDEPENDIENTES: Sin sometimiento a ninguna Adm. Territorial y con un mayor o menor grado de independencia funcional.
Ejem. Banco de España, CNMV, Universidades,. LA ADMI. INSTITUCIONAL AUTONÓMICA Y LOCAL: Las CCAA pueden actuar igual con sus leyes autonómicas.
Las Adm. Locales conforme a la regulación básica estatal (85 y 87 LRBRL) LEY REGULADORA DE BASES DEL REGIMEN LOCAL. T11 ACTO ADMINISTRATIVO Concepto.- presupone actuación de la adm., crea cargas y obligaciones u otorga beneficios y derechos
Son declaraciones unilaterales, no normativas sujetas al D. Adm. El procedimiento adm. Es una sucesión de actos adm. Acto jurídico con transcendencia exterior, es una conquista del Estado de Derecho. DECLARACIÓN ‐ De voluntad; una multa, equivale a negocios jurídicos, crean y modifican situaciones jurídicas. ‐ De deseo; Convocatoria de oposiciones, manifiesta su aspiración a crear o transformar determinadas situaciones jurídicas. ‐ De juicio; Un informe, emite una opinión a cerca de un determinado asunto. ‐ De conocimiento; Expide una certificación, puntualiza o acredita ciertos hechos. UNILATERALIDAD así se diferencia de los contratos que actúan dos o más personas. NO NORMATIVIDAD; Naturaleza no normativa, asi se distingue entre los actos y las normas jurídicas. ORIGEN ADMINISTRATIVO; Emanan d la Adm. LOS ACTOS POLÍTICOS; Emanan de los órganos de la Adm. SOMETIMIENTO AL D. ADMINISTRATIVO. Excepcionalmente privado, llamado "actos separables" CLASES A SUS EFECTOS PARA PARTICULARES 1 de 2 Actos favorables: Admisión -Matricula de Universidad-. Conscesión -Adjudicación de potestades- Autorizaciones -Se distinge de la concesión por k no origina derechos nuevos, licencia de caza- Aprobaciones -Requisito posterior a determinados hechos Dispensas -Excepcionan sobre una opbligación general anterior. Actos de Grabamen: ‐ Actos de sanción; Retribución negativa de una conducta ilegítima, multa o suspensión de empleo. ‐ Expropiaciones; Traspaso patrimonial realizado x el bien común, lleva aparejado indemnización, si no es así sería confiscación. ‐ Órdenes preceptivas; imponen determinadas conductas a los particulares k antes no estaban obligados,. Modificación de horario ‐ Prohibiciones; Vetan determinadas conductas que antes eran posibles. CLASES A SUS EFECTOS EN CUANTO A SUJETOS 2 de 2 De procedencia; Adm General del Estado (AGE), Autonómica, local, etc. Sujetos destinatarios; A ciudadanos no sometidos a especiales relaciones con Adm. (padrón) o especiales (Universidad-alumno) EN CUANTO A LA REVISIÓN JUDICIAL
Hay actos excluidos y no excluidos de la jurisdicción contenciosa. Los excluidos son excepcionales y están contenplados en LJCA
REGLADOS Y DISCRECIONALES. Reglados; tienen predeterminados sus elementos. Multa 30€. Discrecionales; hay un margen para aplicar, no debe suponer arbitrariedad. ELEMENTOS DEL ACTO ADMINISTRATIVO SUBJETIVO: Sujeto productor, para k exista acto adm. debe existir un órgano de la Admin.
ABSTENCIÓN Y RECUSACIÓN; Funcionario comprometido se abstiene,o particular puede recusarlo
OBJETIVOS: Contenido; Es la declaración que el propio acto incorpora, debe ser lícito, razonable y posible. Esencial,Natural o Accidental y Término. Presupuesto de hecho; Circunstancias exteriores que justifican y determinan la producción del acto, sus efectos, alcance y sentido. Causa; Por qué se realiza el acto. -infringir la ordenanza de tráfico- Fin; Para qué se realiza el acto.- multa, retribuir negativamente una conducta que obstaculiza el tráfico-. ELEMENTOS FORMALES
Son necesarios; Tiene que cumplir ciertas formalidades, unas básicas otras importantes
El defecto de forma solo determinará anulabilidad si no cumple requisitos indispensables o dé lugar a indefensión de los interesados. Sanción de nulidad con omisión total del procedimiento, Declaración; Normalmennte escrita, adaptada, consecuente y expresamente manifiesta. Notificación y publicación; Debe ser sursada en el plazo de 10 dias una vez dictado. Y debe contener; Texto íntegro de la resolución. Expresión d los recursos k procedan. Órgano ante el k hubiera k presentarse y plazo para interponer. Práctica de la notificación; Por cualquier medio k permita tener constancia de la recepción por el interesado.
La acreditación de la notificación se adjuntará al expediente. D no encontrarse se repite 1 vez en hora diferente. Por email si lo señala el interesado, si en 10 días no lo abre se entenderá k la notificación ha sido rechazada. Cuando se ignore el lugar de notificación se publicará en el Tablón de edictos del Ayun. De su último domicilio , BOE d la CCAA o la k proceda. Publicación; Cuando tenga como destino una pluralidad, ciuando se trate de un procedimiento selectivo de concurrencia selectiva, y cuando así lo establezcan las normas reguladoras de los procedimientos o por razones de interés público. SILENCIO ADMINISTRATIVO Concepto.- Es la inactividad de la Adm. K tiene una significación determinada. Silencio positivo.- Es interpretado como k la Adm. Consiente. Silencio negativo.- Se entiende k ha desestimado la petición y se supone que la ha denegado. Obligación de resolver.- Esta obligada, plazo máximo de la notificación de resolución 6 MESES salvo k la norma con rango de Ley dé más. Si la norma reguladora no fija plazo , esta será d 3 MESES apartir del acuerdo de iniciación del procedimiento. Supuesto de silencio positivo.- O estimatorio, tiene valor de acto adm. En sentido estricto. efecto de resolución tardía:- La rsolución expresa posterior con el silencio estimatorio, únicamente podrá dictarse de ser confirmatorio del acto así producido. DINÁMICA DEL ACTO ADMINISTRATIVO: Efectos; Regla general.- Desde la fecha que se dicte, salvo que en ellos no se disponga otra cosa.
Excepciones.- En algunos casos pueden k queden en suspenso o no se materializan de inmediato o se extienden a momentos anteriores. Eficacia del Acto: Posibilidad de producción de los efectos previstos. Ejecutividad y Acción de Oficio. EJECUTIVIDAD; La potencia obligatoria del propio acto. Su carga d imposición de conductasfrente a terceros. ACCIÓN DE OFICIO; Por medio de sus órganos competentes proceder, previo apercibimiento, a la ejecución forzosa a través de; Apremio sobre patrimonio.- Cobrar la cuantía líquida por medio del procedimiento previsto en el Estatuto de Recaudación. Ejecución subsidiaria.- Realización por si misma u otras personas y a costa del obligado. Multa coercitiva.- Tratan de reprimir una conducta particular contraria al contenido del acto. Compulsión sobre las personas.- Uso de la fuerza sobre las personas, con autorización de la ley y dentro del respeto a la dignidad. Coagción indirecta.- Inmovilización del vehículo o suspensión de una autorización. LA SUSPENSIÓN DEL ACTO ADMINISTRASTIVO Regla general.- Implica la transitoria paralización de la eficacia de un acto. Es potestativa por parte de la Adm. Suspensión facultativa en vía de recurso.- Iniciado el procedi. De revisión de oficio, el órgano competente para resolver podrá suspender la ejecución del acto, cuando pueda causar perjuicios de dificil reparación o se fundamente en una causa nulidad de pleno derecho. La ejecución del acto impugnado se entenderá suspendido transcurrido 30 DÍAS desde la solicitud, si no se ha dictado resolución expresa EXTINCIÓN DE LOS EFECTOS DEL ACTO ADMINISTRATIVO A) Cumpliento.- Se consume a través del cumplimiento por los administrado; pago de multa. B) Resolución.- Puede extinguirse los efectos por resolución; licencias, concesiones… C) Revocación.- Se pueden revocar actos de grabamen o desfavorables que no sean contrarios al principio de igualdad. D) Voluntad particular.- En que juega las renuncias, las licencias. Actos viciados; Se precisa para su eliminación de los efectosde los actos viciados, su revisión. NULIDAD DE ACTOS ADMINISTRATIVOS SUPUESTOS: Son nulos de plenos los actos siguientes; - Los que lesionen derechos y libertades susceptibles de amparo constitucional. - Los dictados por órganos incompetentes por razón de materia de territorio. - Los actos que su conteniso sean imposibles. / Los constitutivos de infracción penal - Los actos dictados prescindiendo total del procedimiento legal. / los contrarios a la ley. - Las que establezcan las leyes. / los que vulneran la Constitución, leyes o establezcan retroactividad. Efecto nulidad.- El administrado debe de cuidar de recurrir en plazo si quiere proteger sus intereses. ANULABILIDAD Segundo grado de la escala, son los actos k adolecen de vicios menos importantes.
Deben de ser recurridos en plazo. Exigen una declaración expresa k produce anulación. Pu8eden ser subsanados
IRREGULARIDADES NO INVALIDANTES; El defecto de forma solo producirá anulabilidad cuando el acto carezca de requisitos indispensables.
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