Sobre inscripción estatal de entidades jurídicas y sucursales y oficinas de representación

Sobre inscripción estatal de entidades jurídicas y sucursales y oficinas de representación
Ley de la República de Kazajstán de 17 de abril de 1995 N 2198 (con modificaciones y anexos según el estado para el 21.06.2013) Artículo 1. Concepto de inscripción estatal de las entidades jurídicas y las sucursales y
oficinas de representación

La inscripción estatal de las entidades jurídicas inclyue la comprobación de la conformidad de la documentación presentada para la inscripción estatal, los actos legislativos de la República de Kazajstán, la expedición del certificado de inscripción estatal con el número de inscripción, la introducción de datos sobre las entidades jurídicas en el Inscripción Única del estado. La inscripción de las sucursales y oficinas de representación inclyue la comprobación de la conformidad de la documentación presentada para la inscripción, los actos legislativos de la República de Kazajstán, la expedición del certificado de inscripción con el número de inscripción, la introducción de datos sobre las sucursales y oficinas de representación. Artículo 2. Objetivos de inscripción estatal de las entidades jurídicas y las sucursales y
oficinas de representación

La inscripción estatal de las entidades jurídicas y las sucursales y oficinas de representación se llevan a cabo con el fin de: la aprobación del hecho de creación, reorganización y cese de la actividad de la entidad jurídica, como creación y cese de las sucursales y oficinas de representación; la inscripción de las entidades jurídicas creadas, reorganizadas y que cesaron su actividad, como las sucursales y oficinas de representación creadas y que cesaron su actividad en el territorio de la República de Kazajstán; la gestión de la Inscripción Única del estado de las entidades jurídicas y las sucursales y la presentación de la información acerca de las entidades jurídicas, sus sucursales y oficinas de representación (excepto la información que puede ser parte de un secreto oficial o comercial) según los precios establecidos por el órgano antimonopólico. Artículo 3. Entidades jurídicas, sucursales y oficinas de representación que están sujetas a
la inscripción

A la inscripción estatal estarán sujetas todas las entidades jurídicas creadas en el territorio de la República de Kazajstán, independientemente del fin de su creación, el modo, el carácter y el personal (miembros). Las sucursales y oficinas de representación de las entidades jurídicas ubicadas en el territorio de la República de Kazajstán están sujetas a la inscripción sin la adquisición de la personalidad jurídica. Artículo 4. Autoridades públicas que llevan a cabo el registro

El registro estatal de las personas jurídicas y registro de control de sucursales y oficinas de representación se raliza por las autoridades de justicia, el registro estatal de las personas jurídicas que son participantes del centro financiero regional de Almaty se realiza por el Banco Nacional de la República de Kazajstán (organismos registrantes). Artículo 5. Facultades del Ministerio de Justicia de la República de Kazajstán para llevar a
cabo el registro estatal de las personas jurídicas y registro de control de sucursales y
oficinas de representación

Ministerio de Justicia de la República de Kazajstán concede: registro estatal de las personas jurídicas y registro de control de sucursales y oficinas de representación con arreglo a la presente Ley; mantenimiento del Registro Nacional de los números de identificación de negocios; directrices metodológicas para realizar las actividades relacionadas con el registro estatal de las personas jurídicas y registro de control de sucursales y oficinas de representación; supervisión del cumplimiento de la presente Ley por los órganos territoriales del Ministerio examen de las denuncias contra las acciones de sus órganos territoriales relacionadas con el registro estatal de las personas jurídicas y registro de control de sucursales y oficinas de representación; suministro de información a los organismos públicos investidos de funciones de control y supervisión, a petición suya, en los casos estipulados por los actos legislativos de la República de Kazajstán; otras facultades previstas por esta Ley, otros actos legislativos de la República de Kazajstán, los actos del Presidente de la República de Kazajstán y el Gobierno de la República de Kazajstán.
Artículo 6. Orden del registro estatal de las personas jurídicas
Para el registro estatal de una persona jurídica en el organismo registrante se presenta la
solicitud en forma prescrita por el Ministerio de Justicia de la República de Kazajstán acompañada de los documentos constitutivos especificados en el artículo 7 de esta Ley, redactados en kazajo y ruso y presentados por triplicado. Al realizar el registro estatal no se presentan los estatutos (reglamentos) de las personas jurídicas relativas a las medianas y grandes empresas, sus sucursales y oficinas de representación, con excepción de los estatutos (reglamento) de las sociedades anónimas, sus sucursales y oficinas de representación. El registro estatal de la persona jurídica relacionada con la pequeña empresa, será realizada en la forma prevista en el artículo 6-1 de la presente Ley. Para el registro estatal de la persona jurídica que es el miembro del centro financiero regional de Almaty, se presenta en el organismo registrante la solicitud en la forma establecida por el Banco Nacional de la República de Kazajstán (en adelante, el Banco Nacional). La información sobre las personas jurídicas que participan en el centro financiero regional de Almaty se inscribe en el Registro Nacional de números de identificación de negocios por los órganos de justicia sobre la base de las notificaciones enviadas por el Banco Nacional. En casos previstos por la legislación de la República de Kazajstán, para el registro estatal de una persona jurídica, cuyo objeto de actividades es la prestación de servicios financieros, es necesario presentar adicionalmente el permiso del Banco Nacional. El registro estatal de los sujetos del mercado que ocupan una posición dominante o monopólica en el mercado pertinente, así como de las empresas estatales, las personas jurídicas, más del 50 por ciento de las acciones (acciones de participación en el capital estatutario) de las cuales pertenecen al estado, y sus personas afiliadas que se van a llevar a cabo sus actividades en el territorio de la República de Kazajstán, excepto los casos donde tal creación está previsto expresamente por los actos legislativos de la República de Kazajstán, se lleva a cabo por el organismo registrante con el consentimiento previo del organismo antimonopólico. El organismo antimonopólico presenta en los organismos registrantes el registro de los sujetos del mercado que ocupan una posición dominante o monopólica en el mercado pertinente y el listado de las empresas estatales, las personas jurídicas, más del 50 por ciento de las acciones (acciones de participación en el capital estatutario) de las cuales pertenecen al estado, y sus personas afiliadas, creadas con el consentimiento del organismo antimonopólico. Al registro estatal de la persona jurídica relativa a los sujetos de empresas medianas y grandes, la solicitud deberá ser firmada y presentada en el organismo registrante por el fundador o uno de los fundadores, o por la persona autorizada por el fundador, en casos donde el único fundador es un extranjero o una persona jurídica extranjera, el Gobierno de la República de Kazajstán, organismos estatales o el Banco Nacional, con la adjunción de los documentos constitutivos certificados por un notario, en los casos estipulados por los actos legislativos de la República de Kazajstán. Al registro estatal de la persona jurídica no relativa a los sujetos de la empresa privada, la solicitud deberá ser firmada y presentada en el organismo registrante por el fundador (fundadores) o por cualquier persona autorizada para este acto, con la adjunción de los documentos constitutivos certificados por un notario, en los casos estipulados por las actos legislativos de la República de Kazajstán. El registro estatal de las personas jurídicas relativas a las medianas y grandes empresas con participación extranjera, se realiza en la forma prescrita para el registro estatal de las personas jurídicas de la República de Kazajstán relativas a las medianas y grandes empresas. A menos que esté estipulado lo contrario por los tratados internacionales ratificados por la República de Kazajstán, se presentarán adicionalmente los siguientes documentos: extracto legalizado del registro comercial o cualquier otro documento legalizado, certificando que el fundador que es la persona jurídica extranjera, es una entidad legal bajo las actos legislativos de un estado extranjero, con la traducción certificada por un notario en kazajo y ruso; copia del pasaporte u otro documento de identidad del fundador extranjero, acompañada de la traducción certificada por un notario en kazajo y ruso. El registro estatal de las asociaciones públicas y religiosas se lleva a cabo en la forma prescrita en el presente artículo, teniendo en cuenta las peculiaridades establecidas por los leyes
de la República de Kazajstán "Sobre las asociaciones públicas", "Sobre los partidos políticos",
"Sobre las actividades religiosas y asociaciones religiosas."
Al mismo tiempo se presenta al organismo registrante un recibo u otro documento que confirma el pago al presupuesto de la cuota de inscripción para el registro estatal de la persona jurídica. Está prohibida la demanda de cualesquiera otros documentos e información, excepto lo estipulado en esta Ley y otros actos legislativos de la República de Kazajstán. El registro estatal de la persona jurídica puede ser realizada en base de la solicitud presentada electrónicamente a través de Internet, en la forma que determine el Ministerio de Justicia de la República de Kazajstán. Artículo 6-1. El procedimiento de la notificación del registro estatal de la persona jurídica
relativa al sujeto de la pequeña empresa

Para el registro estatal de la persona jurídica relativa al sujeto de la pequeña empresa, se presenta por el fundador (fundadores) en el órgano registrante la notificación sobre el inicio de la
actividad empresarial, rellenando el formulario de un documento electrónico en la forma
establecida por el Ministerio de Justicia de la República de Kazajstán, que rellena en el
portal web "gobierno electrónico".
El pago de la cuota de inscripción se realizará a través de la pasarela de pago del "gobierno electrónico", o sea que una copia electrónica de recibo u otro documento que confirma el pago al presupuesto de la cuota de inscripción para el registro estatal de una persona jurídica será adjuntado a la notificación sobre el inicio de la realización de la actividad empresarial. No se presentarán en el proceso de registro los estatutos (reglamento) de las personas jurídicas relativas a los sujetos de la pequeña empresa, sus sucursales y oficinas de representación. El registro estatal de las personas jurídicas relativas a los sujetos de pequeñas empresas con participación extranjera, se realiza conforme al procedimiento establecido para el registro de las personas jurídicas de la República de Kazajstán relativas a los sujetos del pequeño emprendimiento. A menos que esté estipulado lo contrario por los tratados internacionales ratificados por la República de Kazajstán, se presentarán adicionalmente los siguientes documentos: extracto legalizado del registro comercial o cualquier otro documento legalizado, certificando que el fundador que es la persona jurídica extranjera, es una entidad legal bajo las actos legislativos de un estado extranjero, con la traducción certificada por un notario en kazajo y ruso; copia del pasaporte u otro documento de identidad del fundador extranjero, acompañada de la traducción certificada por un notario en kazajo y ruso. El otorgamiento del certificado de registro estatal de la persona jurídica es una confirmación de lo que la notificación sobre el comienzo del negocio ha sido aceptada. El otorgamiento del certificado de registro estatal de una persona jurídica se lleva a cabo a más tardar un día laboral siguiente al de la presentación de la notificación sobre el inicio de las actividades de negocios. Artículo 6-2. Procedimiento para el registro de control de la sucursal (oficina de
representación)

Para el registro de control de la sucursal (oficina de representación) se presentará en el osganismo registrante la solicitud en la forma prescrita por el Ministerio de Justicia de la República de Kazajstán. La solicitud deberá ser firmada por la persona autorizada por la persona jurídica que está creando la sucursal (oficina de representación), y sellada con el sello de la persona jurídica. La solicitud debe estar acompañada de recibo u otro documento que confirma el pago de la cuota de inscripción al presupuesto para el registro de la sucursal (oficina de representación). Para las sucursales (oficinas de representación) de las personas jurídicas no relativas a los sujetos de la empresa privada, así como de las sociedades anónimas, se presentará adicionalmente el reglamento sobre la sucursal (oficina de representación) por triplicado en kazajo y ruso, aprobado por la persona jurídica, copias del estatuto (reglamento) y el poder de la persona jurídica (con la excepción de las asociaciones públicas y religiosas), otorgado al jefe de la sucursal (oficina de representación). El registro de control de las sucursales (oficinas de representación) de las personas jurídicas extranjeras será realizado conforme al procedimiento establecido por los actos legislativos de la República de Kazajstán que reglamentan el registro de control de las sucursales (oficinas de representación) de las personas jurídicas de la República de Kazajstán. Además de los documentos prescritos por este orden, a menos que esté estipulado lo contrario por los tratados internacionales ratificados por la República de Kazajstán, se presentará adicionalmente el extracto legalizado del registro de comercio, los documentos constitutivos u otro documento legalizado de la persona jurídica extranjera confirmando que la persona jurídica extranjera que está creando la sucursal (oficina de representación), es una entidad legal bajo los actos legislativos de un estado extranjero, y el documento confirmando el NIF en el país de incorporación de la persona jurídica extranjera, con la indicación del registro fiscal (o su equivalente). Los documentos de la persona jurídica extranjera que está creando la sucursal (oficina de representación), serán acompañados de la traducción certificada por un notario en kazajo y ruso. Cuando se crea una sucursal (oficina de representación), la empresa estatal se presentará adicionalmente el documento que confirma el consentimiento del Banco Nacional o el organismo autorizado de la gestión de la propiedad estatal (órgano ejecutivo local) sobre el establecimiento de la sucursal (oficina de representación). Artículo 6-3. Registro estatal de la persona jurídica creada por vía de la reorganización
Para el registro estatal de la persona jurídica creada por vía de la reorganización, se presentarán en el organismo registrante los siguientes documentos: 1) solicitud en un formulario prescrito por el Ministerio de Justicia de la República de 2) decision del propietario de bienes materiales de la persona jurídica o un organismo autorizado por el propietario, decision del organismo que ha autorizado por medio de los documentos constitutivos de la persona jurídica, o la decisión del tribunal en casos estipulados por los actos legislativos de la República de Kazajstán; 3) en caso de fusión, asociación, transformación: la escritura de transferencia; en caso de separación: el balance divisorio con la indicación de las disposiciones sobre la sucesión legítima en las obligaciones de la persona jurídica reorganizada, confirmadas por la persona jurídica o por el organismo que ha adoptado la decision sobre la reorganización de la persona jurídica, y la decisión del organismo autorizado sobre la aprobación de la escritura de transferencia y el balance divisorio. 4) documento que confirma la notificación por escrito a los acreedores sobre la reorganización de la persona jurídica; 5) recibo u otro documento que confirma el pago al presupuesto de la cuota de inscripción para la cesación de las actividades de la persona jurídica reorganizada. Una persona jurídica se considera reorganizada, salvo en los casos de la reorganización en la forma de asociación, desde el momento del registro estatal de la persona jurídica que surgió de nuevo. La persona jurídica que ha cesado sus actividades por fusión, separación, transformación, deberá ser excluida del Registro Nacional de los números de identificación de negocios (la exclusión del Registro Nacional de los números de identificación de negocios se realiza por vía de la introducción de la información sobre la terminación de las actividades de la persona jurídica), según se indica en la orden de registro estatal de la persona jurídica que se crea nuevamente. La persona jurídica que ha cesado sus actividades por asociación, deberá ser excluida del Registro Nacional de los números de identificación de negocios (la exclusión del Registro Nacional de los números de identificación de negocios se realiza por vía de la introducción de la información sobre la terminación de las actividades de la persona jurídica), según se indica en la orden de la exclusión del Registro Nacional de los números de identificación de negocios o al nuevo registro estatal, registro de las modificaciones y adiciones a los documentos constitutivos de la persona jurídica a la cual se ha asociada la persona jurídica reorganizada. En la reorganización de los sujetos de los monopolios naturales se presentará en el organismo registrante el consentimiento del organismo autorizado que ejerce la administración en las áreas de los monopolios naturales y en los mercados regulados. El registro estatal de la persona jurídica creada por la reorganización se realiza dentro del plazo previsto en el artículo 9 de esta Ley.
Artículo 7. Documentos constitutivos de las personas jurídicas
El estatuto será sometido al organismo registrante, salvo que se hubiera establecido otro por esta Ley u otros actos legislativos de la República de Kazajstán. Los documentos constitutivos de las asociaciones empresariales, sociedades anónimas, las cooperativas de producción y las asociaciones de personas jurídicas en la forma de asociaciones (sociedades) son el contrato constitutivo y los estatutos. Los documentos constitutivos de las asociaciones empresariales, sociedades anónimas, que se establecen por una sola persona (uninominales) y otros tipos de personas jurídicas salvo los indicados en el parte 2 de este artículo de la Ley, son estatutos (reglamento) y la decisión sobre el establecimiento de la persona jurídica (decisión del único fundador), formalizada por escrito. En los casos estipulados por los actos legislativos de la República de Kazajstán, las personas jurídicas, que son organizaciones sin fines de lucro, pueden actuar sobre la base de las reglas generales relativas a las organizaciones de este tipo. Las personas jurídicas relativas a los sujetos de las pequeñas, medianas y grandes
empresas, pueden llevar a cabo sus actividades en base del estatuto tipo, cuyo contenido se
determina por el Gobierno de la República de Kazajstán
Si los fundadores de la persona jurídica tomaron la decisión de realizar sus actividades sobre la base de estatuto tipo, no se requiere la presentación del estatuto en el proceso de registro estatal de la persona jurídica. En este caso en el organismo registrante se presentarán tres copias de la solicitud en la forma prescrita por el Ministerio de Justicia de la República de Kazajstán, certificadas por un notario en los casos estipulados por los actos legislativos de la República de Kazajstán.
Artículo 8. Contenido de los documentos constitutivos
Los documentos constitutivos de una persona jurídica deberán contener los datos estipulados
por la legislación de la República de Kazajstán, dependiendo de la forma de la organización legal de una persona jurídica. El reglamento de la sucursal (oficina de representación) deberá contener el nombre, la ubicación (direcciones de todos los locales de la sucursal bancaria ubicados en los límites de la misma región, la ciudad de la importancia republicana, la capital), el objeto de las actividades, la orden de la gestión y la competencia del jefe de sucursal (oficina de representación), así como el nombre, ubicación, actividades, datos sobre el registro estatal de la persona jurídica que crea la sucursal (oficina de representación).
Artículo 9. Plazos de registro (nuevo registro) estatal de las personas jurídicas, registro
(nuevo registro) de control de sucursales (oficinas de representación) y otorgmiento de los
documentos


El registro (nuevo registro) estatal de las personas jurídicas relativas a los sujetos de las
empresas privadas, el registro (nuevo registro) de control de sus sucursales (oficinas de representación), así como el registro (nuevo registro) estatal de las personas jurídicas que participan en el centro financiero regional de la ciudad de Almaty, salvo las sociedades anónimas, sus sucursales (oficinas de representación), que realizan sus actividades con arreglo al estatuto que no es un tipo, debe ser realizado a más tardar en un día laboral siguiente a aquél en que se haya presentado la solicitud acompañada de los documentos requeridos. El registro (nuevo registro) estatal, el registro de las modificaciones y adiciones a los documentos constitutivos de las personas jurídicas no relativas a los sujetos de la empresa privada, así como de las sociedades anónimas que llevan a cabo actividades sobre la base del estatuto que no es un tipo, a excepción del registro de los partidos políticos, el registro (nuevo registro) de control de sus sucursales (oficinas de representación) deberá ser realizado a más tardar en diez días laborales siguientes a aquél en que se haya presentado la solicitud acompañada de los documentos requeridos. Para las personas jurídicas relativas a los sujetos de las empresas privadas, sus sucursales (oficinas de representación), con la excepción de las sociedades anónimas que llevan a cabo actividades sobre la base del estatuto que no es un tipo, sus sucursales (oficinas de representación), la emisión del certificado de registro (nuevo registro) estatal de una persona jurídica y el certificado de registro (nuevo registro) de control de la sucursal (oficina de representación), la devolución de la solicitud del registro (nuevo registro) estatal de una persona jurídica (en el caso de la ejecución de actividades basadas en el estatuto tipo), se realizarán en el día laboral siguiente después de la presentación de la solicitud acompañada de los documentos requeridos. Para las personas jurídicas no relativas a los sujetos de las empresas privadas, así como para las sociedades anónimas que llevan a cabo las actividades sobre la base del estatuto que no es un tipo, a excepción de los partidos políticos, sus sucursales (oficinas de representación), la emisión del certificado de registro (nuevo registro) estatal de la persona jurídica, el certificado de registro (nuevo registro) de control de la sucursal (oficina de representación) y la devolución del estatuto (reglamento) serán realizadas a más tardar en catorce días laborales desde la fecha de presentación de la solicitud acompañada de los documentos requeridos. El registro (nuevo registro) estatal de los partidos políticos y el registro (nuevo registro) de control de sus sucursales (oficinas de representación) debe ser realizado a más tardar en un mes desde la fecha de presentación de la solicitud acompañada de los documentos requeridos. En los casos de presentación incompleta de los documentos, ya sea en caso de sus deficiencias, la necesidad de obtener las conclusiones del experto (especialista) acerca los documentos constitutivos, así como por otros motivos estipulados por los actos legislativos de la República de Kazajstán, el plazo del registro (nuevo registro) de control estatal, el registro estatal del cese de las actividades de las personas jurídicas, la eliminación del registro de control de las sucursales (oficinas de representación), el registro de las modificaciones y adiciones introducidas a los documentos constitutivos de una persona jurídica no relativa a los sujetos de la empresa privada, así como de la sociedad anónima, del reglamento de sus sucursales (oficinas de representación) será atrasado hasta el momento de la eliminación de las deficiencias u obtención de la conclusión apropiada (informe de examen).
Artículo 10. Pago de la cuota de inscripción
En todos casos del registro (nuevo registro) estatal, el registro estatal del cese de las
actividades de las personas jurídicas, el registro (nuevo registro) de control, la eliminación del
registro de sus sucursales (oficinas de representación), se cobrará una cuota de inscripción en la
forma determinada por el Código de la República de Kazajstán “Sobre impuestos y otros pagos
obligatorios al presupuesto” (en adelante denominado “Código tributario).

Artículo 11. Denegación del registro (de control) y nuevo registro estatal de las

personas jurídicas, sucursales (oficinas de representación)
El registro (nuevo registro) estatal de las personas jurídicas se deniega en los siguientes 1) violaciones del orden de la creación, nuevo registro y reorganización de una persona jurídica, establecido por los actos legislativos de la República de Kazajstán, disconformidad de los documentos constitutivos con la Ley de la República de Kazajstán; 2) omisión de la presentación de la escritura de transferencia y el balance divisorio, o falta de las disposiciones de la sucesión legal de la persona jurídica reorganizada; 3) si una persona jurídica o el único fundador (participante) de la persona jurídica es entidad 4) si una persona física que es el fundador (participante) y/o la cabeza de una persona jurídica, es el único fundador (participante), y/o la cabeza de entidades inactivas, y/o reconocida como incapaz o de limitada capacidad jurídica, y/o reconocida como desaparecida, y/o ha declarado muerta, y/o tiene antecedentes penales no borrados o no cancelados por delitos previstos en los artículos 192, 216 y 217 del Código Penal de la República de Kazajstán; 5) presentación de los documentos de identidad perdidos y/o inválidos; 6) disponibilidad de sentencias y decisiones (medidas cautelares, detenciones) de ejecutores judiciales y órganos de aplicación de la ley; Los motivos adicionales para la denegación del registro y nuevo registro estatal de las asociaciones religiosas se establecen en la Ley de la República de Kazajstán "Sobre actividades religiosas y asociaciones religiosas". El registro y nuevo registro de control de la sucursal (oficina de representación) será denegado en los casos de violación del orden de la creación de la sucursal (oficina de representación) establecido por los actos legislativos de la República de Kazajstán, disconformidad de los documentos constitutivos con la Ley de la República de Kazajstán; En caso de la denegación del registro o nuevo registro estatal, el registro (nuevo registro) de control de la sucursal (oficina de representación), el orgaismo registrante dentro del plazo previsto en el artículo 9 de esta Ley extiende por escrito un rechazo motivado que contiene la referencia a la disconformidad de los documentos presentados con los actos legislativos de la República de Kazajstán. La devolución de la cuota de inscripción pagada por el registro estatal (de control) o por el nuevo registro de las personas jurídicas, sus sucursales (oficinas de representación) será realizada en los casos previstos por el Código tributario. Los motivos de denegación del registro (nuevo registro) estatal previstos en el presente artículo no se aplicarán a las personas jurídicas relativas a los sujetos de la pequeña empresa.
Artículo 12. Documento que confirma el registro (nuevo registro) estatal (de control) de

persona jurídica, sucursal (oficina de representación)

El documento que confirma el registro (nuevo registro) estatal de la persona jurídica, el
registro (nuevo registro) de control de la sucursal (oficina de representación), es el certificado emitido por el organismo registrante en la forma establecida por el Gobierno del República de Kazajstán. El certificado del registro (nuevo registro) estatal de la persona jurídica contiene la información relativa a la fecha de su emisión, el organismo registrante, el número de identificación de negocios, la fecha de registro (nuevo registro) estatal, el nombre y la ubicación de la persona jurídica. El certificado de registro (nuevo registro) de control de la sucursal (oficina de representación) contiene la información relativa a la fecha de emisión, el organismo registrante, número de identificación de negocios, la fecha de registro (nuesvo registro), el nombre y la ubicación de la sucursal (oficina de representación), el nombre de la persona jurídica que ha creado la sucursal (oficina de representación). La apertura de una cuenta bancaria será posible sólo al presentar el certificado de registro (nuevo registro) estatal de una persona jurídica o registro (nuevo registro) de control de la sucursal (oficina de representación). La disponibilidad del documento que confirma el registro (nuevo registro) estatal de la persona jurídica, no es el motivo para el inicio de las actividades que requieren una licencia conforme a los actos legislativos de la República de Kazajstán. La capacidad jurídica de una persona jurídica en la esfera de la actividad con licencia surge desde el momento de obtener la licencia correspondiente y terminará a la expiración del plazo de validez o declaración de nulidad de la licencia de conformidad con el procedimiento establecido por los actos legislativos de la República de Kazajstán. Artículo 13. Inscripción estatal de estadística
Nota. Artículo 13 queda suprimido por la Ley de la República de Kazajstán de Artículo 14. Nuevo registro estatal de la persona jurídica, nuevo registro de control de la
sucursal (oficina de representación)

En los casos estipulados por los actos legislativos de la República de Kazajstán, la persona
jurídica, la sucursal (oficina de representación) estarán sujetos al nuevo registro estatal (de control). En este caso en el organismo registrante se presentarán: 1) solicitud en un formulario prescrito por el Ministerio de Justicia de la República de 2) decisión o extracto de la resolución del organismo autorizado de la persona jurídica sobre el nuevo registro estatal (de control) que preve la introducción de las modificaciones y adiciones a los documentos constitutivos de la persona jurídica, al reglamento de la sucursal (oficina de representación), sellados con el sello de la persona jurídica; 3) tres copias de los documentos constitutivos (disposiciones), con las modificaciones y adiciones introducidas por la persona jurídica no relativa al sujeto de la empresa privada, así como de la sociedad anónima, sus sucursales (oficinas de representación); 4) antiguos originales de los documentos constitutivos de la persona jurídica no relativa al sujeto de la empresa privada, así como de la sociedad anónima, del reglamento de sus sucursales (oficinas de representación); 5) recibo u otro documento que confirma el pago al presupuesto de cuota de inscripción para el nuevo registro estatal de la persona jurídica o nuevo registro de control de la sucursal (oficina de representación). Para el nuevo registro estatal de las asociaciones empresariales por el motivo de cambios en el cuerpo de participantes, con la excepción de las asociaciones empresariales en las que el mantenimiento del registro de participantes en las cooperativas empresariales se realiza por un participante profesional del mercado de valores que posee la licencia para llevar a cabo las actividades del mantenimiento de sistemas del registro de titulares de valores, se presenta el documento que confirma la enajenación (cesión) de derechos del participante saliente de la cooperativa empresarial a su cuota (o su parte) en la propiedad (capital autorizado) de la cooperativa empresarial, según los actos legislativos de la República de Kazajstán y los documentos constitutivos. En caso de que una parte del contrato de enajenación (cesión) de derechos a la cuota (o su parte) en la propiedad (capital autorizado) del participante saliente de la asociación empresarial sea la persona física, la autenticidad de la firma de la persona física estará sujeta a la certificación notarial. Para el registro nuevo estatal de los sujetos de los monopolios naturales se necesita el consentimiento del organismo autorizado, que ejerce la administración en las áreas de los monopolios naturales y en los mercados regulados; para el registro nuevo estatal de los sujetos del mercado que ocupan una posición dominante o monopólica en el mercado pertinente, así como de las empresas estatales, las personas jurídicas, más del 50 por ciento de las acciones (acciones de participación en el capital estatutario) de las cuales pertenecen al estado, y sus personas afiliadas que se van a llevar a cabo sus actividades en el territorio de la República de Kazajstán, excepto los casos donde tal creación está previsto expresamente por los actos legislativos de la República de Kazajstán, se necesita el consentimiento previo del organismo antimonopólico. La inserción de los cambios y adiciones a los documentos constitutivos de los bancos, organizaciones involucradas en ciertos tipos de operaciones bancarias, organizaciones de seguros y reaseguros se lleva a cabo teniendo en cuenta las peculiaridades establecidas por la legislación bancaria de la República de Kazajstán, la legislación de la República de Kazajstán de seguros y actividades de seguros respectivamente.
Artículo 14-1. El registro estatal de las modificaciones y adiciones a los documentos

constitutivos de la persona jurídica no relativa al sujeto de la empresa privada, así como de
la sociedad anónima, del reglamento de sus sucursales (oficinas de representación)


En caso de introducirse modificaciones y adiciones a los documentos constitutivos de la
persona jurídica no relativa al sujeto de la empresa privada, así como de la sociedad anónima, del reglamento de sus sucursales (oficinas de representación), que no implican el nuevo registro (de control), la persona jurídica, sucursal (oficina de representación) serán notificadas por el organismo registrante dentro de un mes desde la fecha de adopción de la decisión sobre la modificación del estatuto (reglamento). La notificación será acompañada por la decisión o extracto de la decisión del organismo autorizado de la persona jurídica sobre las modificaciones y adiciones introducidas a los documentos constitutivos, así como del texto de las modificaciones y adiciones introducidas a los documentos constitutivos de la persona jurídica no relativa al sujeto de la empresa privada, así como de la sociedad anónima, del reglamento de sus sucursales (oficinas de representación), sellados con el sello de la persona jurídica. El registro estatal de las modificaciones y adiciones introducidas a los documentos constitutivos de la persona jurídica no relativa al sujeto de la empresa privada, así como de la sociedad anónima, del reglamento de sus sucursales (oficinas de representación) se realiza en los casos de cambio de ubicación y de la aprobación del estatuto (reglamento) en la nueva redacción. Para el registro estatal de las modificaciones y adiciones introducidas a los documentos constitutivos de la persona jurídica no relativa al sujeto de la empresa privada, así como de la sociedad anónima, del reglamento de sus sucursales (oficinas de representación) que no impliquen el nuevo registro estatal (de control), se presentarán al organismo registrante los siguentes documentos: 1) solicitud en un formulario prescrito por el Ministerio de Justicia de la República de 2) decisión o extracto de la resolución del organismo autorizado de la persona jurídica sobre las modificaciones y adiciones introducidas a los documentos constitutivos de la persona jurídica, al reglamento de la sucursal (oficina de representación), sellados con el sello de la persona jurídica; 3) tres copias del texto de modificaciones y adiciones a los documentos constitutivos de la persona jurídica, al reglamento de la sucursal (oficina de representación), o tres copias de los documentos constitutivos de la persona jurídica, del reglamento de la sucursal (oficina de representación), formalizadas en nueva redacción y selladas con el sello de la persona jurídica; 4) antiguos originales de los documentos constitutivos de la persona jurídica, del reglamento de la sucursal (oficina de representación); 5) documento que confirma la ubicación actual (en caso de cambio de ubicación). El registro estatal de las modificaciones y adiciones a los documentos constitutivos de la persona jurídica no relativa al sujeto de la empresa privada, así como de la sociedad anónima, del reglamento de sus sucursales (oficinas de representación) será denegado en los siguientes casos: 1) disturbio del orden de introducción de las modificaciones y adiciones a los documentos constitutivos de la persona jurídica, al reglamento de la sucursal (oficina de representación), disconformidd de los documentos constitutivos (reglamento) con Ley de la República de Kazajstán; 2) disponibilidad de actos judiciales y decisiones (prohibiciones, detenciones) de alguaciles En caso de denegación del registro estatal de los cambios y adiciones introducudas a los documentos constitutivos de la persona jurídica no relativa al sujeto de la empresa privada, así
como de la sociedad anónima, del reglamento de sus sucursales (oficinas de representación), el
organismo registrante dentro del plazo previsto en el artículo 9 de esta Ley, extiende por escrito
un rechazo motivado que contiene la referencia a la disconformidad de los documentos
presentados con los requisitos de los actos legislativos de la República de Kazajstán.
Cuando cambia la ubicación de la persona jurídica relativa al sujeto de la empresa privada, con la excepción de las sociedades anónimas, sus sucursales (oficinas de representación), la persona jurídica, sucursal (oficina de representación) deberán informar al cuerpo registrante desde la dirección actual dentro de un mes a partir de la fecha de la decisión sobre el cambio de ubicación. Artículo 15. Emisión de un duplicado del estatuto (reglamento) de la persona jurídica no
relativa al sujeto de la empresa privada, así como de la sociedad anónima, sus sucursales y
oficinas de representación

El organismo registrante según la solicitud de la persona jurídica dentro de tres días laborales realiza la emisión del duplicado del estatuto (reglamento) de la persona jurídica no
relativa al sujeto de la empresa privada, así como de la sociedad anónima, sus sucursales y
oficinas de representación.
Para la emisión del duplicado del estatuto (reglamento) de la persona jurídica no relativa al sujeto de la empresa privada, así como de la sociedad anónima, sus sucursales y oficinas de representación, se presentarán los siguientes documentos: 1) solicitud en un formulario prescrito por el Ministerio de Justicia de la República de 2) decisión o extracto de la resolución del organismo autorizado de la persona jurídica para obtener un duplicado del estatuto (reglamento) sellados con el sello de la persona jurídica; 3) documento que confirma la publicación en el periódico impreso de la información sobre la pérdida del original del estatuto (reglamento).
Artículo 16. Registro estatal del cese de actividades de la persona jurídica

Para el registro estatal del cese de actividades de la persona jurídica sobre la base de
1) solicitud de registro estatal de liquidación de la persona jurídica en la forma establecida por el Ministerio de Justicia de la República de Kazajstán; 2) decision del propietario de bienes materiales de la persona jurídica o un organismo autorizado por el propietario, o un organismo jurídico que ha autorizado por medio de los documentos constitutivos, sellada con el sello de la persona jurídica; 3) documento que confirma la publicación en el periódico impreso oficial del Ministerio de Justicia de la información sobre la liquidación de la persona jurídica, el procedimiento y los términos de las reclamaciones de los acreedores; 4) informe sobre ausencia de deudas en relación al gravamen aduanero, impuestos y 5) certificado de cancelación de la emisión de acciones (para sociedades anónimas); 6) constancia escrita de la destrucción del sello de la persona jurídica; 7) recibo u otro documento que confirma el pago al presupuesto de cuota de inscripción para el registro estatal del cese de actividades de la persona jurídica; 8) documentos constitutivos. La solicitud de registro estatal del cese de actividades de la persona jurídica será sometido al organismo registrante no antes de transcurridos dos meses desde la fecha de publicación de información sobre la liquidación de la persona jurídica. El registro estatal del cese de actividades de la persona jurídica que se ha liquidado por orden del tribunal, se realiza sobre la base de la decisión judicial y auto del tribunal de la finalización del procedimiento de liquidación. Para el registro estatal del cese de actividades de la empresa estatal privatizada como complejo de propiedad, el comprador se presentará: 1) solicitud de registro estatal en la forma establecida por el Ministerio de Justicia de la 2) decisión del Gobierno de la República de Kazajstán (el órgano ejecutivo local) sobre la privatización de la empresa estatal como un complejo de propiedad; 3) copia del contrato de compraventa del complejo de propiedad de la empresa estatal; 4) copia de la escritura de transferencia de la empresa estatal; 5) recibo u otro documento que confirma el pago al presupuesto de la cuota de inscripción para el registro estatal de la persona jurídica o registro de control de la sucursal (oficina de representación). Haber recibido la decisión sobre la liquidación de la persona jurídica, el organismo registrante comprobará la observancia del procedimiento de la liquidación establecido por los actos legislativos de la República de Kazajstán, aportará la información sobre la liquidación de la persona jurídica en el Registro Nacional de los números de identificación de negocios. Los órganos del servicio de impuestos en base de los datos del Registro Nacional de números de identificación de negocios presentarán la información sobre la ausencia (presencia)
de deudas tributarias, deudas en cuotas de pensiones obligatorias y deducciones sociales de la
persona jurídica que cesa su actividad, o denegarán la presentación de dicha información sobre la
deuda, en caso de incumplimiento por tal persona jurídica de la obligación tributaria conforme al
procedimiento establecido por el Código tributario.
Si no se han determinado las infracciones del procedimiento de la liquidación durante el proceso de comprobación, el organismo registrante dentro de cinco días laborales tras la presentación de la solicitud de registro estatal de la liquidación de la persona jurídica, acompañada de los documentos necesarios, lleva a cabo el registro del cese de las actividades de la persona jurídica. El registro estatal de la liquidación del sujeto del monopolio natural se lleva a cabo por el organismo registrante con el previo consentimiento del organismo autorizado que ejerce la administración en las áreas de los monopolios naturales y en los mercados regulados. En caso de determinación de las infracciones del orden de la liquidación de la persona jurídica, así como en casos de la disponibilidad de las sucursales (oficinas de representación) de la persona jurídica liquidada cuyo registro de control no ha sido eliminado, así como en casos de la disponibilidad de deuda tributaria, deuda en cuotas de pensiones obligatorias y deducciones sociales, así como en casos de la negativa de las autoridades fiscales en la presentación de la información sobre deuda por el motivo de incumplimiento por tal persona de la obligación tributaria según el procedimiento establecido por el Código tributario, el organismo registrante debe tomar una decisión sobre la denegación del registro estatal del cese de las actividades de la persona jurídica. Después de introducción de la información sobre la liquidación en el Registro Nacional de los números de identificación de negicios, se considera que la persona jurídica cesó sus actividades. Artículo 16-1. Eliminación del registro de control de la sucursal (oficina de representación)
de la persona jurídica

Una sucursal (oficina de representación) estará sujeto a la eliminación del registro de control 1) solicitud de la persona jurídica del cese de la actividad de la sucursal (oficina de representación), en la forma establecida por el Ministerio de Justicia de la República de Kazajstán; 2) reglamento de la sucursal (oficina de representación); 3) recibo u otro documento que confirma el pago de la cuota de inscripción al presupuesto para la eliminación del registro de control de la sucursal (oficina de representación). Los órganos del servicio de impuestos en base de los datos del Registro Nacional de números de identificación de negocios presentarán la información sobre la ausencia (presencia) de deudas tributarias, deudas en cuotas de pensiones obligatorias y deducciones sociales de la sucursal (oficina de representación) de la persona jurídica extranjera que cesa su actividad, o denegarán la presentación de dicha información sobre la deuda, en caso de incumplimiento por tal persona jurídica de la obligación tributaria conforme al procedimiento establecido por el Código tributario. La eliminación del registro de control de la sucursal (oficina de representación) de la persona jurídica respecto de la cual el tribunal ordenó la liquidación por vía forzada, se lleva a cabo sobre la base de estas decisiones con la adjunción de: 1) reglamento de la sucursal (oficina de representación) 2) recibo u otro documento que confirma el pago al presupuesto de cuota de inscripción para la eliminación del registro de control de la sucursal (Oficina de representación). En caso de determinación de las infracciones del orden del ceso de las actividades de la persona jurídica establecido por los actos legislativos de la República de Kazajstán, así como en
casos de atrasos de impuestos, deuda en cuotas de pensiones obligatoris y deducciones sociales
de la sucursal (oficina de representación) de la persona jurídica extranjera, o en caso de la
negativa de las autoridades fiscales en la presentación de la información sobre deuda por el
motivo de incumplimiento por tal persona jurídica extranjera de la obligación tributaria según el
procedimiento establecido por el Código tributario, el organismo registrante adoptará la
decisión sobre la denegación de la eliminación del registro estatal de control de la sucursal
(oficina de representación).
La eliminación del registro de control de la sucursal (oficina de representación) de la persona jurídica se efectuará dentro de cinco días laborales siguientes al día de presentar la solicitud de la persona jurídica para cesar la actividad de la sucursal (oficina de representación), acompañada de los documentos necesarios.
Artículo 17. Consideración de los conflictos
Denegación del registro estatal de las personas jurídicas y registro de control de las
sucursales (oficinas de representación), así como la evitación de tal registro, así como otros conflictos entre los fundadores de la persona jurídica y las autoridades registrantes pueden apelarse ante el Tribunal. Artículo 18. Responsabilidad por violación de la Ley
No se permite realizar las actividades en calidad de la persona jurídica sin el registro estatal.
Las ganancias de actividades realizadas sin registro estatal, serán confiscadas y transferidas al
presupuesto republicano con arreglo a la legislación de la República de Kazajstán.
Por no presentar la información sobre los cambios de datos de la persona jurídica dentro de un mes, dando por resultado su registro público de la manera prescrita por la Ley, surge la
responsabilidad conforme a los actos legislativos de la República de Kazajstán.
En el caso de negativa ilegal por el organismo registrante del registro (nuevo registro) estatal de personas jurídicas, sucursales (oficinas de representación), registro de cambios y adiciones a los documentos constitutivos de las personas jurídicas, reglamento de sus sucursales (oficinas de representación), el solicitante tiene derecho a exigir judicualmente la compensación por sus pérdidas. En caso de falta de presentación por una sociedad anónima en el Banco Nacional de los documentos para el registro estatal de la emisión de las acciones o atribución de números de
identificación de negocios dentro del plazo prescrito, dicha sociedad está sujeta a la liquidación
o transformación según el orden establecido por los actos legislativos de la República de
Kazajstán.
Artículo 19. Procedimiento de efectividad de la presente Ley
La presente Ley entra en vigor desde el día de su publicación. Presidente de la República de Kazajstán

Source: http://invest.gov.kz/upload/docs/es/bbee1948516ea02fda69342a6059bd7c.pdf

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